Diócesis de Ponce pide intervención en caso de pensiones

Solicitó el miércoles intervenir en la demanda radicada por un grupo de 66 maestros.

La Diócesis de Ponce solicitó el miércoles al Tribunal de Apelaciones intervenir en la demanda radicada por un grupo de 66 maestros y personal jubilado de la Academia Perpetuo Socorro de San Juan y otros dos colegios católicos.

Según se expresa en la petición, “luego de que el Tribunal de Primera Instancia determinara que la Arquidiócesis de San Juan, la Academia del Perpetuo Socorro siendo una Escuela Parroquial Incorporada, la Academia San José, la cual es una Escuela Parroquial perteneciente a la Parroquia San José y la Academia San Ignacio una Escuela Parroquial perteneciente a la Orden Religiosa ‘Jesuita’, no tenían personalidad jurídica, la Diócesis de Ponce indica que el recurso establece que al Tribunal de Primera Instancia no le asiste la razón”.

Según se informó en declaraciones escritas, la petición de intervención establece que al dicho tribunal determinar el embargo de los bienes de la Iglesia Católica de Puerto Rico no tomó en consideración la naturaleza independiente de cada una de las Diócesis de la referida iglesia, las cuales según ha reconocido históricamente el Tribunal Supremo de Puerto Rico, gozan de personalidad jurídica independiente.

Además, la Diócesis de Ponce, representada por el Obispo Rubén González, indica en el recursos presentado ante el Tribunal de Apelaciones que la Resolución del Tribunal de Primera Instancia al no tomar en consideración la independencia de cada una de las Diócesis y no reconocerle personalidad jurídica a estas tiene como consecuencia inequívoca el haber reorganizado la institución religiosa. Ello contrario a la disposición constitucional establecida en la Constitución de Puerto Rico y en la Constitución de los Estados Unidos sobre separación de Iglesia y Estado.

El documento radicado señala de forma enfática que la resolución del Tribunal de Primera Instancia no únicamente se limitó a reorganizar una iglesia, asunto vedado para el Tribunal de Primera Instancia, sino que emitió una orden de embargo, no solicitada, por la suma de 4.7 millones de dólares para hacer ejecutada de día, de noche, en cualquier parte de Puerto Rico, en que se le autorizaba al alguacil a romper candados, abrir puertas y tomar posesión de cualquier bien de lo que el Juez de Instancia denominó “la Santa Iglesia Católica”.

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